Tipos de Visas Americanas para emigrar a Estados Unidos

Si eres oriundo de Venezuela y tienes pensado viajar a Estados Unidos, debes considerar que debes tener obligatoriamente una Visa para poder ingresar a tierras estadounidenses. En este artículo te presentaremos las diferentes opciones de acuerdo al perfil o situación del viajero, así que te reseñamos los tipos de visas americanas para inmigrantes, y cuáles son las características y particularidades de cada una.

Definición de Visa Americana

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Una visa o visado es un documento que autoriza bajo ciertas condiciones a un ciudadano a ingresar al país de destino, normalmente es un extranjero que quiere entrar y hacer permanencia temporal o de manera más permanente en ese país. La visa es un reglamento o normativa entre los países, para formalizar el ingreso y permanencia de los ciudadanos extranjeros en países donde no tienen la nacionalidad o necesitan libre tránsito. Esto puede lograrse a través tratados binaciones entre el país de destino y el país de origen de la persona interesada, todo claro bajo una base bien concreta y definida.

En particular, la visa americana, es un documento que se emite a cualquier ciudadano de un país foráneo que intenta ingresar a los Estados Unidos, la cual se le adiciona a su pasaporte de viajero (documento que se expide por el país de origen del viajero). Para mayor información darle click aquí

Algunos ciudadanos extranjeros pueden estar dentro de un grupo particular para ingresar a los Estados Unidos sin la necesidad de tener una visa, pero debe cumplir con los requerimientos para la exención de la misma. Pero en este artículo explicaremos con detalle los tipos de visas americanas para inmigrantes, en particular, los tipos de visas americanas para venezolanos, que desean viajar y permanecer en los Estados Unidos

Tipos de visas americanas para venezolanos

Con el objetivo de controlar mapas efectivamente a todos los viajeros foráneos que desean ingresar a Estados Unidos, el gobierno norteamericano tiene una estructura de clases o tipos de visas americanas para inmigrantes bien definidas con sus debidos requerimientos para cada clase. Si usted tiene la intención de entrar al país, lo que debe hacer es buscar entre los tipos de visa en donde su perfil sea concordante, de esta manera, reduce la posibilidad de que sea declinada su solicitud de visa en el caso que haga una solicitud de residencia o visa permanente.

Sin embargo, existen países que sus residentes no necesitan de una visa para ingresar, este programa convenio se llama Exención de visas, y permite el ingreso a los Estados Unidos por menos de 90 días sin necesidad de solicitar una visa. Es importante resaltar, que no todos los países ni sus ciudadanos están incluidos en este programa VWP (Visa Waiver Program). Los ciudadanos que desean viajar amparados en el programa VWP deben tramitar una autorización a través del Sistema Electrónico para Autorización de Viaje, los mismos deberán pasar por una revisión al arribar a los Estados Unidos y se registran en el Programa OBIM del Departamento de Seguridad Nacional estadounidense.

Ahora bien, los países que están dentro de este programa de exención son: Corea del Sur, Republica Checa, Reino Unido, Suecia, Suiza, Singapur, Portugal, San Marino, Nueva Zelanda, Países Bajos, Noruega, Mónaco, Malta, Polonia, Lituania, Luxemburgo, Liechtenstein, Alemania, Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, Chile, Eslovaquia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Japón y Letonia.

Actualmente, los diferentes tipos de visas americanas para inmigrantes están clasificados en dos clases o tipos: las visas permanentes o mejor conocida como “Green card”; y las visas temporales. A continuación, desglosaremos cada clase, además de los diversos tipos de visas que están contenidas dentro de cada grupo y sus características.

Visas Permanentes o “Green card”

Esta primera categoría de visas son más conocidas como permanentes o green card. Sin embargo, su nombre oficial es en inglés “Alien registration receipt card” o en español “Carta de Registro de Extranjeros”, pero su forma coloquial de reconocerla como green card se debe a que esta documentación tiene una coloración verde. Al poseer este tipo de visa, el ciudadano puede residir y trabajar dentro de los Estados Unidos durante el tiempo que éste lo desee, sin embargo, debe estar al corriente con su residencia permanentemente, sino se le revocará su visa permanente.

Esta visa es muy complicada de adquirir ya que tiene una gran demanda por los extranjeros y viajeros que realizan su petición. Asimismo, solo ofertan un número muy pequeño de éstas al año. Así que, si hace la petición, quizás tengas que esperar meses o hasta años para que te aprueben la visa. Ahora bien, unas de las causas porque la que aprueban esta visa son: profesionales en áreas que sean altamente solicitados en Estados Unidos, familiares de otros que estén residiendo en Estados Unidos, razones humanitarias, figura de refugiado, inversionistas, entre otras.

Para información más detallada darle click aquí.

Visas temporales o de No inmigrantes

En este tipo de visas aplica a todos los extranjeros que quieren entrar a Estados Unidos con estancia corta por alguna cuestión en particular. Algunos ejemplos son las visas de turismo, negocios, trabajo, estudios, diplomáticos, religiosos, entre otras. La manera en que la reconocen es porque la clasifican con una letra y seguida de un número, por ejemplo: B-1; B-2; M-1. Sin embargo, cada uno tiene diferentes alcances y limitaciones y depende del motivo del viaje.

De este tipo de visa, la más solicitada es la visa turismo (B-2). Por otra parte, cuando se otorgan estas visas son para usarlas para lo que fueron previstas, para viajar, de manera que, si realizas la solicitud de una visa de trabajo, no se puede hacer recorrido por todo el país realizando turismo. De la misma forma sucede si le otorgan una visa para estudiante, no se puede trabajar o recibir remuneración por alguna actividad de trabajo. En caso de infringir el reglamento de las visas, corren el riesgo de que la visa sea revocada y el ciudadano se expulse del país. Para mayor información ver aquí.

El tiempo de espera para que le otorguen este tipo de visa es relativamente corto, aunque dependerá del tipo de visa temporal solicitada. En el caso de que el visado sea rechazado, es mayormente por cometer errores en el proceso de la solicitud o por decir mientras el día de la cita. A continuación, se desglosa los tipos de visas temporales que existen:

Visas para negocios o visitantes (Tipo B)

La situación de la visa de turismo ha ocurrido algunas modificaciones para intentar tener más control en relación a los extranjeros que entran al país con esta visa. En el pasado el Departamento de Inmigración de Estados Unidos, dejaba que los extranjeros que se les otorgaba este visado podían permanecer en el país por un tiempo de hasta seis (6) meses con visa tipo B. La cuestión era que la mayoría de los visitantes sólo entraban a Estados Unidos por unos pocos días o por pocos meses.

Por tal motivo, actualmente se eliminó la visa por estos tiempos y, ahora previo al viaje se debe dejar indicado el motivo y duración del viaje, el Departamento de Inmigración comprobará la información suministrada y se otorgará el visado por un tiempo prudencial con el tiempo dicho por el viajero de tu estancia en el país. No obstante, una vez estando en el aeropuerto de suelo estadounidense, al estar en un puesto de control, los guardias designados pueden hacer inspecciones y tienen la discreción de modificar el tiempo de la visa. Si por algún motivo no se logra establecer un tiempo coherente que sea lo suficiente para la estancia del visitante, se otorga la entrada por un tiempo de 30 días máximo.

En estas visas tipo B, se pueden clasificar en visas de negocios y de turismo:

  1. Visas de negocios (B-1): los extranjeros que pueden solicitar este tipo de visa, son aquellos que deben entrar al país por razones comerciales, ya sea porque va a representar a una compañía, porque van en búsqueda de inversionistas o que tengan que viajar para definir, realizar o establecer una relación de negocios con otra compañía. Aquí está incluida también viajeros que deban ir a foros o conferencias con alcances comerciales. Para esto en particular, el guardia de inmigración que reciban al visitante al entrar al país tiene el deber de señalar el tiempo de duración suficiente al viajero.

  2. Visas de turismo (B-2): en este tipo están todos los viajeros que quieran ir al país por razones turísticas, aquí cuenta viajes vacacionales o de placer. Los ciudadanos que tengan una visa de esta clase no pueden trabajar ni estudiar en el país. Si el viajero intentase romper esta normativa serian expulsado del país y le darían una penalización prohibiéndole el ingreso a Estados Unidos y el tiempo de dicha sanción dependerá de cuan grave se considere la infracción. Actualmente, se pueden expedir estas visas por 30 días máximo, aunque la visa sea emitida hasta por 2 años. Lo que quiere decir que durante estos 2 años no se pueden realizar viajes mayores a 30 días. Una vez expedida este tipo de visa, renovarla no es tan difícil. Adicionalmente, una persona que quiera realizar un tratamiento de salud también se le asigna esta visa.

Este tipo de visado se otorgan el mismo día que se le aprueba en la cita, la petición debe ser hecha por el interesado y debe llegar soporte y documentos donde compruebe que tiene una casa, lazos familiares y bienes económicos que dejen pruebas que el ciudadano volverá a su país de origen. Esto se hace como una norma de seguridad para reducir las posibilidades de que el viajero se quede de forma ilegal en Estados Unidos.

Los recaudos necesarios para obtener estas visas son: tener el pasaporte vigente, una fotografía reciente fondo blanco de 4×4 cm, copia de su condición o estado civil, realizar un depósito bancario de 100 dólares o equivalentes y completar el formulario incluido. Adicionalmente a estos recaudos, pueden requerir constancia laboral y estados bancarios.

El proceso para optar por esta visa consiste en: realizar una llamada a la embajada de los Estados Unidos y solicitar una cita vía telefónica. Finalmente, debemos comentar que hay países que tiene el programa “Visa Waiver Program”, es decir que sus ciudadanos pueden entrar y permanecer al país sin necesidad de obtener una visa de visitante. Estos países obtienen este beneficio ya que no tienen registrado una alta tasa de inmigración ilegal por parte de sus ciudadanos.

Visas para estudiantes (F; M)

Como está indicado en su nombre, son aquellas visas que se emiten a estudiantes extranjeros que deseen hacer sus estudios dentro del país. Además, en este tipo de visa están incluidas los acompañantes de los estudiantes durante el periodo de tiempo que esté estudiando. A continuación, las visas que incluye:

  1. Visas para estudiantes, académico o de idiomas (F-1): En este tipo de visa está incluido los estudiantes extranjeros que quieran realizar su formación académica profesional a nivel universitario en los Estados Unidos, abarcando también estudios de educación superior, universitarios como tal y en escuelas de idiomas. El tiempo de duración de esta visa dependerá del periodo de la formación o de los estudios. Asimismo, este visado incluye una autorización de residencia y la opción de extenderlo en caso de requerirse, pero con previa justificación por lo que se hace dicha petición. Por otra parte, a medida que avanza en su formación deberá renovar el visado, y al culminar su formación estudiantil, puede ir por la opción de la petición de una visa de trabajo por un tiempo de 1 año.

  2. Visas para familiares de estudiantes o academias de idiomas que tengan F-1 (F-2): como su nombre lo indica, este visado se le otorga a los familiares que son acompañantes de estos estudiantes durante su formación académica. En el caso de que el estudiante no tenga la posibilidad de sostenerse económicamente mientras está estudiando, al familiar se le da una autorización para trabajar. De esta manera, puede generar dinero para cubrir sus gastos. Aquí está incluido como familiar al conyugue del estudiante. Ahora bien, si el visado le es rechazado al estudiante de manera inmediata la visa de su familiar también.

  3. Visas para estudiantes no académicos o vocacionales (M-1): En este tipo de visa está incluido a los estudiantes que no son académicos. Ejemplo de esto: estudiantes de arte.

  4. Visas para familiares de estudiantes con M-1 (M-2): Este visado funciona semejante a las visas F-2 y tienen las mismas ventajas y condiciones.

Visas para empleados de gobiernos o agentes diplomáticos (A)

Hay tres tipos de este visado que están bien definidas entre ellas:

  1. Funcionarios diplomáticos (A-1): aquí están incluidos todos los embajadores y sus familiares directos.

  2. Empleados o trabajadores de gobiernos (A-2): aquí están trabajadores y funcionarios del gobierno, así como sus familiares directos.

  3. Personal de apoyo adicional (A-3): son el personal necesario por los empleados A-1 y A-2. Aquí están incluidos los empleados adicionales y sus familiares directos que laboran en las embajadas y cumplen funciones en ella.

Visa para personas en tránsito (C y D)

En esta visa esta incluido los extranjeros que daban hacer una parada de corto tiempo en cualquier puerto o aeropuerto de los Estados Unidos, para posteriormente seguir su viaje al país de destino final, aquí están contemplados los viajeros C-1 como todo el personal profesional que se encarga de ejecutar los viajes D-1 como los pilotos, aeromozas, sobrecargos, marinos que deban estar en tierra por cortos periodos de tiempo.

Visas para negocios e inversión

Esta visa se divide en dos categorías:

  1. Visas para ejecutar convenios comerciales (E-1): Esta vis contempla a los extranjeros que desean visitar al país con el objetivo de realizar negocios y comercio, ya sea ejecutando exportaciones o importaciones de servicios y productos. Es necesario, tener todos los recaudos y documentos legales y vigentes con relación al convenio. Es necesario tener un convenio comercial con anterioridad para que puedan otorgar este visado.

  2. Visas para personas que quieran hacer inversión (E-2): Tal cual está en su nombre, son visados para inversionistas o empresarios que quieran invertir o hacer una inversión, sea poniendo capital, a través de bienes o su propio talento humano. Debe existir un convenio comercial con anterioridad para que puedan otorgar este visado.

Visas para contraer matrimonio

En este tipo de visa hay dos clases de visado distintos:

  1. K-1: para el extranjero que sea pareja de un ciudadano estadounidense que quiera contraer matrimonio.

  2. K-2: esta es para los hijos o descendientes de los extranjeros que tengan un visado K-1, mientras sea soltero o no tenga la mayoría de edad.

 

Visas para representantes religiosos

Aquí se otorgan dos clases de visas:

  1. R-1: para el representante religioso como tal.

  2. R-2: esta visa es para los familiares directos de los religiosos que tenga visado R-1. Es importante resaltar, que para otorguen esta visa, el extranjero es un representante religioso realmente conocido.

Visas para trabajadores y organizaciones internacionales (G y H)

En estas visas, hay dos tipos y abarcan a los extranjeros que necesitan entrar al país para trabajar de acuerdo a los siguientes casos:

universitarios como tal y en escuelas de idiomas. El tiempo de duración de esta visa dependerá del periodo de la formación o de los estudios. Asimismo, este visado incluye una autorización de residencia y la opción de extenderlo en caso de requerirse, pero con previa justificación por lo que se hace dicha petición. Por otra parte, a medida que avanza en su formación deberá renovar el visado, y al culminar su formación estudiantil, puede ir por la opción de la petición de una visa de trabajo por un tiempo de 1 año.

    1. Visas para representantes de gobiernos que trabajan en organizaciones internacionales (G-1): esta visa abarca a gobernantes, sus familiares directos y todo el personal que debe acompañar cuando deba entrar y permanecer en el país debido a una reunión de cualquier clase dentro de un organismo internacional.

    2. Visas para trabajadores gubernamentales que trabajan en organizaciones internacionales (G-2): la razón de este visado es similar al tipo de visa G-1, solo que aquí se refiere totalmente a los representantes gubernamentales con sus familiares directos.

    3. Visas para representantes gubernamentales que no trabajan en organismos internacionales (G-3): lo distinto a este visado con el G-2, es que el personal de este tupo son trabajadores terceros dentro de la organización, personas que no trabajan directamente en ella que deben ejecutar un trabajo directo o hacer la prestación de algún servicio. Está visa abarca a sus familiares directos.

    4. Visas para a funcionarios de organismos internacionales (G-4): Esta visa abarca para los extranjeros que laboran en organizaciones que tiene impacto en diferentes países, razón por la que deben estar desplazándose y necesitan entrar a los Estados Unidos. Además, está incluido a sus familiares directos.

    5. Visas para los trabajadores de servicio o apoyo (G-5): Trabajadores que deban hacer prestación de servicios diferentes y deban pertenecer a la comitiva de viaje. Esta visa abarca a los familiares directos.

Visas de empleados temporales

  1. Visas para trabajadores con habilidades o conocimientos especializados (H-1B): Este tipo de visa es considerada como una de las visas más selecta, porque abarca a profesionales que tengan habilidades, capacidades y conocimientos que pocas personas poseen. La petición debe ser ejecutada por la compañía, empresa o por el empleador que necesita que este profesional preste el servicio y se debe señalar porque no existe otros profesionales que se puedan contratar para que hagan este trabajo. Esta abarca profesionales de alta categoría, modelo, entre otros.

  2. Visas para trabajadores en agricultura (H-2A): Esta visa se otorga a ciudadanos que son empleadas por el gobierno para cumplir funciones asociadas con el área de la agricultura que ningún estadounidense puede realizar con la misma capacidad.

  3. Visas para trabajadores temporales (H-2B): En este visado se abarca trabajadores de un gran espectro de profesiones o carreras en donde los Estados Unidos no tiene suficiente para abarcar la demanda nacional.

  4. Visas para pasantes (H-3): Tal cual lo señala su enunciado, este tipo de visa abarca a extranjeros que quieren ingresar al país para obtener una formación o capacitación definida en una empresa y que al finalizar, deben retornar a su país de origen.

  5. Visas (H-4): Este visado se le aprueban a los familiares directos que tengan una visa de clase H.

Visas para residente por Intercambio

En esta visa está incluido a los extranjeros que quieran entrar en programas de intercambio de nivel internacionales a personas asociadas:

  1. Visas para visitantes de intercambio (J-1): incluye a los que van a participar en los programas de intercambio internacional, quizás tengan que venir a laborar, a formarse o estudiar de acuerdo a lo que necesite del programa de intercambio.

  2. Visas para familiares directos de un visitante de intercambio (J-2).

  3. Visas para participantes de un programa de intercambio cultural (Q-1): Las normas de su permanencia son semejantes a las que tenga visado tipo J-1.

  4. Visas para familiares directos de un participante de un intercambio cultural (Q-2).

Visas para representantes de la prensa

Esta vida es para los periodistas o trabajadores de la prensa que necesiten ingresar a Estados Unidos para hacer algún tipo de trabajo en representación del medio de comunicación que representa o trabaja. Esta visa se le da al periodista y a sus familiares directos.

Visas para empleados o trabajadores que fueron transferidos por una empresa

En este tipo de visa están los extranjeros con funciones y niveles medios y altos en compañías que han sido transferidos a una sede o sucursal en los Estados Unidos para seguir realizando su trabajo. Las visas aquí se conocen con el código (L-1). A sus familiares directos se les otorga una visa tipo (L-2).

En lo reciente, han cambio las normas y condiciones de esta visa, por lo que actualmente, los conyugues de extranjeros con visa tipo L-1 pueden trabajar dentro de los Estados Unidos.

Visas para hijos de ciertos inmigrantes en condiciones especiales Acuerdo OTAN

  1. OTAN-1, OTAN-2, OTAN-3, OTAN-4 Y OTAN-5: relacionados al tratado de la OTAN y son otorgadas para extranjeros bajo prudencia adaptable.

  2. OTAN-6: Visa relacionada para los miembros civiles de la OTAN, los cuales se enlistaron en el ejército en una actividad legitima enmarcada en un tratado.

  3. OTAN-7: Visa asociada al personal de apoyo y trabajadores personales de los dueños de visas OTAN y familiares directos.

Visas para Artes, Ciencias y Deportes

  1. Personas con capacidades extraordinarias (O-1): Este visado se le da a los extranjeros que laboran en el área de ciencias, artes y deportes.

  2. Personal de apoyo o soporte esencial: Esta visa es exclusivamente para quienes tenga visa tipo O-1.

  3. Familiares directos (O-3): Visa para familiares directos que se le haya otorgado la visa tipo O.

  4. Deportista o profesional del área del espectáculo (P-1): Esta visa es otorgada a los extranjeros que posean un reconocimiento a nivel internacional, aquí también se incluye su grupo de trabajo fundamental o esencial.

  5. Profesionales del área del espectáculo que deben viajar para un programa en particular de intercambio (P-2): estos extranjeros deben ser revisados y verificados por el gobierno de los Estados Unidos.

  6. Artistas y profesionales del área del espectáculo que deben ingresar a los Estados Unidos en grupos, ya que deben participar en un espectáculo o show cultural muy específico (P-3).

  7. Familiares directos (P-4): Esta visa es para los familiares directos que posean una visa P.

Visa para inmigrantes en situación legal pero con irregularidades (S)

En esta última visa, se comenta un tipo de visa especial del tipo S, para extranjeros que están en una condición de legalidad, pero en una situación irregular, quizás porque están siendo producto de una investigación o porque están esperando para la realización de un juicio. Para esta clase de visados, se le puede otorgar una visa de forma temporal a sus familiares directos, mientras dure la resolución de la situación irregular.

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