El aporte patronal IESS es un derecho que nace a los trabajadores por vía constitucional. La cual indica que el mismo es irrenunciable y está basado en principios de obligatoriedad, universalidad, solidaridad, eficiencia, subsistencia, suficiencia, equidad, transparencia y participación.
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¿Qué es el Aporte Patronal al IESS?
El aporte patronal al IESS en Ecuador, es la contribución obligatoria de un porcentaje de dinero que el empleador realiza al Estado, con el fin de cumplir con protección a sus trabajadores en materia de salud, cubrir eventualidades respecto a la capacidad laboral de los mismos, ofrecer auxilio en caso de cesantía. Su aplicación está dirigida al sector público y privado.
Es así, que par el aporte patronal IESS el empleador debe realizar obligatoriamente el respectivo registro de sus trabajadores. Lo debe hacer desde el primer día que inicie labores. Luego dentro de los primeros quince (15) días requiere informar mediante el Sistema de Historia Laboral al IESS por medio del portal web. Igualmente, a través de esta página canalizará cualquier contingencia o novedad relacionada con el trabajador.
Cálculo del Aporte Patronal
Para el cálculo del aporte patronal al IESS se aplica una tasa determinada del 20,60%. Esta contribución se distribuye entre el trabajador y el empleador. En el caso de los empleados públicos, al Estado le corresponde el 9,15% y al trabajador el 11,45%. Para el sector privado, se invierten las contribuciones, quedando obligado el empleador a pagar el 11,45% y el trabajador el 9,15%.
En consecuencia, todo el que efectúe un trabajo particular o con relación de dependencia debe estar registrado y sujeto a realizar la respectiva contribución, en función al porcentaje establecido para el aporte patronal IESS aplicado a sus ingresos mensuales. Lo cual no podrá ser inferior al salario básico mínimo establecido por el Ministerio Laboral.
Lo anterior tiene su fundamentación en el artículo 11 de la ley de Seguridad Social de Ecuador, el cual se transcribe seguidamente:
“En el caso del afiliado en relación de dependencia, se entenderá por sueldo o salario mínimo de aportación el integrado por el sueldo básico mensual más los valores percibidos por concepto de compensación por el incremento del costo de vida, decimoquinto sueldo prorrateado mensualmente y decimosexto sueldo. Integrarán también el sueldo o salario total de aportación los valores que se perciban por trabajos extraordinarios, suplementarios o a destajo, comisiones, sobresueldos, gratificaciones, honorarios, participación en beneficios, derechos de usufructo, uso, habitación, o cualesquiera otras remuneraciones accesorias que tengan carácter normal en la industria o servicio. La Compensación Económica para alcanzar el salario digno no será materia gravada”.
¿Quiénes están Sujetos a Realizar el Aporte IESS?
- Trabajadores con relación de dependencia.
- La persona que labore de manera autónoma
- Profesionales que se desempeñen en el libre ejercicio.
- El administrador o patrono de un negocio.
- Dueños de empresas unipersonales.
- Trabajadores no remunerados del hogar.
- Menores que laboren de forma independiente
- Todos los asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio en virtud de leyes y decretos especiales.
Beneficios que Brinda el IESS
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), ofrece a sus afiliados amplia protección en cuanto a seguridad de salud y social se refiere. Brinda beneficios en casos de enfermedades profesional y general, maternidad, accidentes laborales, invalidez y desempleo. Además, cuando el trabajador ha cumplido con los requisitos exigidos para gozar de jubilación, le son otorgadas pensiones vitalicias o temporales.
Otro de los beneficios que son ofrecidos a las personas que efectúan labores desde su hogar, es que al realizar su aporte, pasan a tener cobertura en los mismos términos que cualquier trabajador, vale decir son amparados para vejez, invalidez, discapacidad. En caso de muerte se otorgan pensiones y apoyo funerario.
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