Solicitud de Últimas Voluntades: ¿Qué es y trámites?

Si te encuentras en España y quieres saber si una persona dejó algún testamento luego de su fallecimiento, puedes hacer una solicitud de  últimas voluntades. En este artículo te haremos saber todo lo necesario referente a este duro tema, después de ese trago amargo como lo es la muerte.

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Solicitud de Últimas Voluntades

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La solicitud de últimas voluntades, es un documento en el que se identifica que una persona acredite a otra determinada, otorgando testamento antes que lo realice el notario.  Sin este documento no puede realizarse ningún acto testamentario, por lo que este papel  posee  una gran importancia. Antes de empezar a explicar el registro de este trámite se definirá lo que es un testamento.

El testamento establece el Código Civil, que es «un acto jurídico unilateral, personalísimo, solemne, revocable y libre, por le cual una persona dispone de sus bienes y derechos y declara o cumple obligaciones para después de su muerte«. Esta información aparece en el artículo 1197.

Es un acto jurídico porque sus efectos se buscan y se quieren por su autor, además de que esos efectos se encuentran regulados por la ley. Los efectos son los derechos de obligaciones que van a surgir como consecuencia del acto jurídico.

Cuando una persona acude, por ejemplo a un notario para hacer su testamento,  busca y quiere que esos efectos jurídicos surjan y además éstos están regulados por la ley, por esta razón es un acto jurídico.

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Otras características jurídicas del testamento

También es un acto unilateral, porque no pueden testar en el mismo acto dos o más personas, salvo la excepción prevista por la ley. Cuando se estudien los testamentos en particular, se verá que existe el testamento público simplificado. Es la única excepción a esta característica de que el testamento es unilateral.

Como se dijo anteriormente, es personalísimo, porque no se puede realizar por apoderado, tampoco su revocación puede ser apoderado. No se puede mandar un representante para que teste por nosotros, tenemos que ser nosotros directamente lo que manifestemos nuestra solicitud de últimas voluntades y nuestra disposición de quien quedará con los bienes del que somos titulares.

El testamento igualmente a las anteriores es revocable, porque el testador en cualquier momento puede modificar su solicitud de últimas voluntades, tiene una característica de ser eminentemente revocable.

El legislador comprende, que el testamento se  realiza en atención a las relaciones afectivas que pueda tener el testador, es decir, se deja como herederos a aquellas personas a la cual se tiene afectos, cariño, amor, entre otros sentimientos positivos.

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Considere que…

Esas relaciones afectivas  pueden modificarse con el tiempo, por esa razón se le da oportunidad al testador de cambiar su solicitud de últimas voluntades, otorgando uno nuevo cuantas veces quiera.

Es solemne porque la formalidad que lo reviste es ceremoniosa para que pueda cumplir sus efectos. Todos los testamentos que regula la ley, tienen una serie de formalidades que deben de cumplirse, pues de otros modos en caso de que le llegue a faltar alguna de esas formalidades, de que no se cumpla con ella, se podrá solicitar y se podrá decretar la nulidad del testamento y dejarlos sin efectos.

Y finalmente, el testamento es un acto que solo las personas capaces pueden realizar, sin embargo no hay que irnos con la impresión, de que solamente aquellas que tengan capacidad de ejercicio puedan realizar un testamento, porque hay que revisar sus códigos civiles en algunos estados, que lo permiten.

Por ejemplo, que los menores emancipados puedan realizar un testamento, también permite que los dementes en caso de lucidez puedan testar, siempre y cuando mantengan su lucidez en todo el acto.

Registro de los actos de solicitud últimas voluntades

El registro de acto de solicitud de  últimas voluntades, se creó a través del decreto del 14 de noviembre de 1885, esto hizo que España se erigiera  en pionera de un sistema, que hoy en día se está consolidando en muchos países.

El acto de solicitud últimas voluntades, es un registro público que suministra información sobre la existencia o inexistencia de disposiciones mortis, causa otorgado por una persona. No informa de su contenido.

Su utilidad práctica es innegable, su eficacia es limitada por varias razones, en primer lugar, porque no informa del contenido de los actos registrados, en segundo lugar, porque tampoco puede verificar la autenticidad de los actos registrados y ,en tercer lugar, que tampoco informa de testamentos que se hayan otorgados con anterioridad o en posterioridad.

De acuerdo con lo antes expuesto, a continuación te ofrecemos este vídeo donde se explica de manera específica todo lo referente a la solicitud últimas voluntades.

En este sentido, la doctrina considera que el valor de las certificaciones emitidas por este registro es eminentemente informativo, aunque sea un documento público, por otra parte considera o afirma que conlleva una presunción iuris tantum , aduciendo los supuestos legales en que es preceptiva su presentación.

En cuanto a la organización y contenido existe un registro central, que depende de la dirección general del registro y del notariado y luego existen otros registros territoriales como colegios notariales. A su vez, cada notario tiene que llevar un registro particular de los actos otorgados por sí mismo y por sus predecesores en el protocolo.

Proceso su inscripción en la solicitud de últimas voluntades

Cada notario en el momento de registrar un acto de solicitud de  últimas voluntades, tiene que enviar una ficha por triplicado al decanato de su colegio notarial, en la que se informe de la persona otorgante del notario que autorizó, del lugar, la fecha de la inscripción y del acto en concreto del tipo de acto que se va a registrar.  A la vez el decanato envía esta información al registro central y guarda una copia.

En cuanto al acceso, legitimación y certificados, el acceso solo puede solicitarlos legítimamente los jueces o tribunales para asuntos del servicio, expresando cual sea y los propios otorgantes, por si mismos o mediante  un representante con poder especial notarial.

Tras el fallecimiento del otorgante podrá pedir certificación del registro cualquier persona, con acreditación del fallecimiento,  siempre que hayan transcurrido quince días desde la fecha de la defunción.

¿Cómo se hace?

Se deberá efectuar obligatoriamente a través del modelo 790, que se puede obtener de manera gratuita en las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, Registro Civiles de España y en la Oficina Central de Atención al Ciudadano en Madrid.

Por otra parte, se debe adjuntar la documentación, como se explicó anteriormente el certificado literal de defunción, expedido por el registro civil del lugar del fallecimiento, que debe ser original o fotocopia compulsada,  el nombre de los padres del fallecido. Y por último abonar las tasas correspondientes.

Esta solicitud de  últimas voluntades, se puede hacer por dos vías, las cuales se puede solicitar a través del notario, que recabará la información del registro central o personalmente, solicitándolo el interesado al registro, bien de forma presencial, por correo postal o  por medios telemáticos.

Funciones del Registro

Corresponde al registro general de actos de solicitud de últimas voluntades, incorporar semanalmente a la base de datos de la organización  la información, remitida por los colegios notariales sobre los testamentos otorgados ante todos los notarios españoles.

También, en caso de que un ciudadano extranjero ante un notario extranjero desee que el testamento sea registrado en España, el Registro de actos de solicitud de  últimas voluntades se encargará de hacerlo efectivo, asimismo cumple las siguientes funciones:

  • Le corresponde organizar la información, que le envía la dirección general de asuntos consulares, sobre los testamentos otorgados en el extranjero ante cónsules españoles. Por otra parte le corresponde registrar los testamentos extranjeros, hechos antes notarios extranjeros, por cualquier ciudadano que manifieste el deseo de que sea registrado en España.
  • Otra función, es el registro de los testamentos autorizados en cualquiera de los países firmantes del “Convenio Relativo al Establecimiento de un Sistema de Inscripción de Testamentos” (Basilea 16 de mayo del año 1972).
  • Asimismo, realiza el registro de actos de últimas voluntades. La legalización de certificados expedidos que vayan a surtir efecto en el extranjero.

Ahora se hablará del registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento e información en las sucesiones transfronterizas. Sobre el registro de contrato de seguros de cobertura de fallecimiento se creo por la ley 20/2005 del catorce de noviembre, la  gestión de  este registro  se lleva en el registro central de actos de ultimas voluntades y al que también es posible solicitar certificaciones telemáticas.

Otros aspectos del registro

Con ello se ataja el problema habitual de que, por desconocimiento de los beneficiarios de estos seguros, se dejan de percibir las cantidades correspondientes.

En la información de las sucesiones fronterizas, dado que el testador español puede tener bienes en otros países o haber testado en el extranjero y, a la inversa, que el testador extranjero puede tener intereses en el país español de la península ibérica.

Reviste interés conocer los cauces para dar con esas disposiciones mortis causa. En el plano internacional, debe anotarse que España ratificó el convenio de Basilea de 16 de mayo de 1972, relativo establecimiento de un sistema de inscripción de testamentos.

Dentro de la Unión Europea, el reglamento número 650/2012 del cuatro de julio, sobre sucesiones prevé la creación de un certificado sucesorio europeo, relativo a la declaración de herederos, pero pospone a una iniciativa de creación de un registro testamentario europeo, registro pospuesto ya en las conclusiones de la presidencia del consejo europeo.

En paralelo, el consejo del notariado de la Unión Europea trabaja desde 2005 en la creación de una red europea de registros de testamentos.

Para ampliar lo antes expuesto, a continuación te presentamos este  vídeo donde se explica de manera resumida y clara los puntos más importantes acerca  de la  solicitud de  últimas voluntades.

Esperamos que la información que te dejamos en este artículo te sea de algún beneficio, sobre todo si estás es España y buscas información acerca de la solicitud de  últimas voluntades, a su vez aprovechamos para recordarte que revises nuestro portal donde encontrarás otros en alces con contenidos de interés ,como por ejemplo:

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