Quizás te has preguntado si se puede renunciar a parte de una herencia, Lo que significaría abandonar voluntariamente a algo que se posee o algo sobre lo que se tiene derecho jurídica y legalmente. La herencia es un proceso judicial que se realiza cuando el dueño de bienes, haberes y compromisos muere y les cede a sus familiares más cercanos su legado.
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¿Se Puede Renunciar a Parte de una Herencia?
En muchas ocasiones, estos trámites suelen ser muy tedioso, ya que requieren de una serie de papeleos y gestiones, que consumen mucho tiempo y acarrean gastos por conceptos varios.
Además de ello se entiende por renuncia parcial, al proceso por el cual una persona expresa su deseo de renunciar a una parte de los bienes adquiridos, pero no en la totalidad del mismo.
Heredar un bien, también significa heredar las cargas y deudas unidas a dicho bien. Debido a ello la o las personas que heredan, quieran renunciar total o parcialmente a dicho bienes si perciben que en vez de un beneficio sea un perjuicio para su patrimonio. Otra razón, es el pago de los impuestos de sucesiones que en ocasiones suelen ser muy elevados.
En el caso que la sucesión de bienes se realicen por medio de herencia, no se puede renunciar parcialmente, la aceptación de la misma debe ser completa. Solo en el caso que el bien se deje como legado, se puede renunciar a este pero no a la herencia.
Posteriormente que se procede a la aceptación de una herencia, no se puede renunciar a la misma, debido a que es un evento irrevocable. Por lo que los beneficiarios al realizar el proceso de aceptación, pueden cederla o vender su parte a uno de sus herederos.
Después de la aceptación de la herencia, la persona adquiere la condición de heredero pero no titular de los bienes obtenidos.
Legislación Para Renunciar a Parte de una Herencia Española
Renunciar a una herencia es un evento por medio el cual el heredero expresa su deseo de la no aceptación del bien. Repudiar una herencia es una acción jurídica unilateral, voluntaria, libre e irrevocable.
En España existen muchas legislaciones diferentes según comunidades autónomas y territoriales. Las leyes de España son claras, en el código civil la herencia se dividen en dos: la legítima y los bienes de libre disposición.
El sistema de herencia de España te permite renunciar a la herencia o aceptarla con beneficio de inventario, esto quiere decir que la aceptas después de pagar las deudas, esto se realiza mayormente ya que si no queda nada, no te llevas nada, pero no te genera gastos, es decir, no tienes que pagar.
El Código Civil en el Artículo 990 establece que en ningún caso cabe la renuncia parcial de una herencia. “La aceptación o repudiación de la herencia no podrá hacerse en parte, a plazo, ni condicionalmente”.
Sin embargo, en la ley 15/2015 se explica las dos formas de renuncia: la instrumental la cual se lleva a cabo mediante un instrumento público o auténtico y el Judicial que se lleva a cabo mediante un escrito el cual es presentado ante un juez, para que conozca los bienes que constituye la herencia o el procedimiento judicial para la cesión de bienes de las persona que muere sin dejar testamento.
La repudiación de herencia debe realizarse ante un Notario Público, con los instrumentos legales necesarios para dicha renuncia. Para realizar efectivo la renuncia a un bien heredado, debe estar aprobado por el Ministerio Fiscal, es decir, no se puede aceptar ni repudiar sin la aceptación del gobierno.
Repudiación de Herencia Por Regiones y Comunidades de España
Cuando una persona adquiere bienes por medio de herencia, debe tributar por ello, es decir, pagar al gobierno los tributos estipulados, para dicha gestión.
El impuesto de sucesiones de bienes heredados, varían según la Comunidad Autónoma en la que se recibe dicha herencia. Esto debido a que cada región tiene competencias para establecer el pago de la misma.
La normativa legal estatal establece cómo calcular la base imponible y la base liquidable. La base liquidable se calcula restando la base imponible, las reducciones que hayan sido aprobadas, primero la reducciones aprobadas por el Estado y segundo las reducciones aprobadas por las comunidades.
Para ello se deben diferenciar a los herederos en cuatro grupos en situación de su parentesco y, además, de las reducciones y bonificaciones estatales, cada comunidad establece las propias.
Los cuatro grupos de parentesco son:
- Descendiente y adoptados menores de 21 años.
- Descendientes y adoptados, mayores de 21 años, cónyuges, adoptantes y ascendientes.
- Hermanos, sobrinos y tíos, colaterales de segundo y tercer grado, esto quiere decir, ascendientes y descendientes por afinidad.
- Primos, colaterales de cuarto grado, lo que significa grados más distantes.
Impuestos de Sucesiones por Comunidades y Regiones
En España según sea la región o comunidad se establece el pago de impuestos de sucesiones de la siguiente manera:
Andalucía
En esta comunidad Autónoma española, establece por medio de un Real Decreto tanto por herencia como donaciones, la bonificación del 99% del impuesto, para quienes estén incluidos en el grupo 1 y 2.
Extremadura
Es una región occidental española, que limita con Portugal y está compuesta por las provincias Cáceres, y Badajoz. En esta comunidad autónoma establece una bonificación del 99% para los herederos que sean descendientes, cónyuges, ascendientes y adoptados, integrantes de grupo 1 y 2. Para los otros grupos también incluyen reducciones de menor cuantía.
Castilla La Mancha
Es una región natural, histórica, es una comunidad autónoma de España formada por 919 municipios. Establece que la bonificación van desde el 80% al 100% en función de la cuantía de la base liquidable, para los pertenecientes a los grupos de parentesco 1 y 2.
Murcia
Es una ciudad universitaria en el sureste de España, es una comunidad autónoma la cual establece la deducción del 99% a los grupo de parentesco 1 y 2, igualmente para el resto de los herederos reconoce diferentes reducciones, esto dependerá del momento de la herencia y el bien o derecho que se va a recibir.
Madrid
Es la capital central de España, en esta comunidad autónoma emplea una bonificación del 99% de la cuota tributaria a los dominados pasivos pertenecientes al grupo de parentesco 1 y 2. De igual forma bonificación del 15% o del 10%, a los herederos incluidos en el grupo de parentesco 3, según sea de segundo o tercer grado de consanguinidad.
Comunidad Valenciana
Es una comunidad autónoma, la cual establece si los herederos pertenecen al grupo de parentesco 1, gozarán de una bonificación del 75% de la cuota tributaria o del 50% para los grupo de parentesco 2. En caso de discapacidad superior al 33% el sujeto pasivo contará con el 75% de bonificación.
Castilla y León
Es una comunidad autónoma española, está situada en la parte norte de la meseta de la península ibérica, esta comunidad establece, al grupo de parentesco 1 va a incluir una reducción de 60.000 euros, para el grupo 2 60.000 euros más 6000 por cada año menos de veintiuno que tenga el contribuyente.
Además, de una reducción variable calculada como la diferencia entre 400.000 euros, la suma de los cálculos anteriores y las deducciones estatales.
Asturias
Es una comunidad autónoma uniprovincial de España, es una comunidad montañosa y costera. Establece una reducción de 300.000 euros de la cuota, para los herederos pertenecientes a los grupos de parentesco 1 y 2.
Para los otros grupos implementa las reducciones incluidas en las normativas estatales. En el caso de heredar una vivienda la bonificación será de entre 95% y el 99% en función de su valor.
Galicia
Es una comunidad autónoma de España, situada al noroeste de la península ibérica. Los herederos perteneciente al grupo de parentesco 1 en la Xunta, cuenta con una reducción hasta 1.000.000 euros, más 100.000 euros por cada año menos de 21 que tenga el beneficiario, con límite de 1.500.000 euros.
Para el grupo de parentesco 2, la reducción varía entre 900.000 o 400.000 euros según la edad del beneficiario.
En el caso del grupo 2 y 3 de parentesco la bonificación será de 16.000 o .8000 euros. En esta comunidad cuenta con el tipo aplicable, entre un 5% y 18%, muy por debajo del resto de las comunidades.
La Rioja
Es una provincia y comunidad autónoma, ubicada al norte de la península Ibérica. Esta comunidad establece una reducción del 99% de la cuota tributaria si la base liquidable es inferior o igual a 500.000 euros y de 98% si supera los 500.000 euros.
Es una comunidad foral española, situada al norte de la península ibérica, compuesta por cinco merindades y 272 municipios. No cuenta con bonificaciones, el tipo de impuesto varía según el grado de parentesco. Hasta los 250.000 euros los cónyuges cuenta con el 0% y de 0,80% si supera los 250.000 euros en el caso de ascendientes y descendientes varía entre un 2% y un 16%.
Aragón
Es una región del interior, ubicada al nordeste de España, compuesta por la provincia de Huesca, Zaragoza y Teruel. Esta comunidad establece una bonificación del 100% con límite de 3.000.000 euros, para los sucesores menores de edad o en caso de discapacidad. En el caso de cónyuge, descendientes, y los ascendientes del fallecido se podrá aplicar la deducción del 100% de la base imponible.
Cataluña
Es una comunidad autónoma española, situada al noreste de la península ibérica. Establece que los cónyuges cuentan con una bonificación del 99% de la cuota. Para el resto de los grupos de parentesco 1 y 2 varían entre el 57% y el 99% según la base imponible.
Como bien puedes apreciar a lo largo de este artículo no es posible renunciar a parte de una herencia, la ley especifica que puedes recibirla o negarla totalmente, pero en ningún caso hacerlo de manera parcial.
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