En el territorio chileno, se encuentran establecidas políticas que para poder ingresar a ese país debes contar con una visa, actualmente hay cinco (5) tipos de visados las cuales son: visa de turista, visa de trabajo Chile, visa de estudiante, de residencia temporaria y de permanencia definitiva. Si quiere entrar en el mundo laboral de Chile no puedes dejar de leer este artículo.
Indice De Contenido
- 1 Visa de trabajo Chile
- 2 Visa de trabajo sujeta a contrato
- 3 Documentación requerida para la solicitud de visa sujeto a contrato Chile
- 4 ¿Cómo solicitar la visa?
- 5 Requisitos para visa de trabajo en Chile para venezolanos
- 6 ¿Qué hacer una vez estampada la visa?
- 7 Tipos de trabajo en Chile y su jornada laboral
Visa de trabajo Chile
Esta visa de trabajo Chile, está dirigida para extranjeros que viajan, para dar cumplimiento a un contrato de trabajo. Está dirigida a personas que llegan al país con un titulo universitario, legalizado y apostillado en Venezuela. Se podría decir que es la visa obtenida para profesionales o técnicos universitarios.
Para obtener esta visa es necesario que seas residente en el país, la oferta de trabajo la puede realizar cualquier persona, sea chilena o extranjera, siempre y cuando tenga residencia en Chile, es decir, que tenga nacionalidad chilena.La oferta laboral debe especificar en una de las clausulas que la persona, en este caso venezolana, deberá comenzar a laborar una vez que ya haya obtenido su permiso de trabajo.
Por lo general, el trámite de este permiso tiene una duración de seis (6) meses aproximadamente, éste puede variar dependiendo de la zona en la que te encuentres, si estás residenciado en Regiones, éste trámite quizás se demore la mitad del tiempo estipulado qué el que llevaría obtenerlo en Santiago.
Tiempo de duración
El tiempo de duración de este permiso de trabajo es de dos (2) meses, si solicitas que se te sea entregado entes que el RUT (Rol Único Tributario).
Es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tenga la calidad de contribuyentes. Sirve para avalar y reconocer la actividad económica ante terceros con los que se sostenga una relación comercial, laboral o económica en general y ante los diferentes entes de control y supervisión.
Si este es tu caso, tendrás que asistir a la oficina de migración cada dos (2) meses, para renovar este permiso hasta que obtengas la visa de trabajo temporal.
Culminación de la relación laboral
Cuando culminas una relación de trabajo, por los motivos que sean, y estás a la espera de tu legalización, estás en la obligación de notificarlo a extranjería por medio de un finiquito laboral. Este trámite lo tiene que realizar la persona, en este caso el empleado.
Ahora bien, si por lo contrario, fuere el empleador quien notificara el término de la relación laboral, se vería afecto el trámite que estás realizando ya que tus documentos le dan un alto en el proceso y estos quedarían en stand bey.
Cada vez que la persona cambia de empleo, está en la obligación de enviar el finiquito al departamento de extranjería notificando el cambio laboral. Aunado a esto, debe anexar la copia del nuevo contrato. La respuesta de extranjería tarda entre treinta (30) y noventa (90) días por lo general.
Visa de trabajo sujeta a contrato
La visa sujeta a contrato es un permiso que puedes ser otorgado por un plazo máximo de dos (2) años, y el cual puede ser prorrogado por el mismo tiempo, es decir, cada dos (2) años. Esta visa de trabajo Chile, habilita solo para trabajar con el empleador con quien se suscribió el contrato que dio origen a la visa.
Así mismo, la persona no puede trabajar por cuenta propia, trabajar por honorarios, trabajar con un empleador distinto al que aparece en el contrato, emprender o realizar otra actividad que no sea la de trabajar con el empleador el cual se suscribió el contrato de trabajo.
Este beneficio, es extensibles a cónyuges, hijo y padres del titular; quienes pueden obtener una visa sujeta a contrato en condición de dependientes. Los dependientes en Chile no se encuentran habilitados para trabajar.
Cambio de empleador
Si se desea cambiar de empleador durante la tramitación de la visa de trabajo Chile, se debe realizar la solicitud de ratificación de visa sujeta a contrato por cambio de empleador. Esto significa, que si presentas o envías la visa sujeta a contrato y durante la tramitación decides cambiar de empleador antes de que estampen la visa como tal, hay que realizar esta tramitación por cambio de empleador.
Ahora bien, si deseas cambiar de empleador después de haber estampado la visa en tu pasaporte, se debe realizar el tramita visa sujeta a contrato por cambio de empleador. Esta nueva solicitud será acogida por el departamento de inmigración y no se puede empezar a trabajar con el nuevo empleador una vez presentada la solicitud, de lo contrario se estaría trabajando sin permiso en Chile.
Extensión de la visa
Si deseas extender tu visa de trabajo y permanecer en Chile hay dos (2) formas, la primera, es solicitar la prórroga de visa de trabajo sujeta a contrato, con lo cual se obtendrá una nueva visa con una vigencia de dos (2) nuevos años, y la cual debe solicitarse en el transcurso de los últimos noventa (90) días de la vigencia de la visa.
La segunda opción, es cumplir con los requisitos para solicitar la permanencia definitiva, hacer la solicitud de la misma dentro de los últimos noventa (90) días de vigencia de la visa. Como resultado se va a obtener, la permanencia definitiva en Chile y con ello se podrá residir y trabajar de manera indefinida, con uno o más empleadores a la vez, trabajar por cuenta propia, a honorarios profesionales, emprender o estudiar, en fin lo que desee.
Permanencia definitiva de los dependientes
El obtener la permanencia definitiva a los dependiente les permitirá el poder trabajar en Chile, ya que el poseer permanencia definitiva no distingue entre titulares y/o dependientes.
Documentación requerida para la solicitud de visa sujeto a contrato Chile
Ante todo hay que distinguir entre tres (3) tipos de documentación, la documentación general que debe ser presentado tanto por sus titulares como por sus dependientes, la documentación especifica para titulares y la documentación especifica para dependientes.
Documentación general.
Esta debe ser presentada tanto por los titulares como por los dependientes:
a.- Solicitud de visa sujeto a contrato llenada por completo y firmada.
b.- Formulario descargado de la página de extranjería, este debe ser llenado por el titular como por cada uno de los dependientes.
c.- Fotocopia de la página de identificación del pasaporte.
d.- Fotocopia de la página del pasaporte donde se verifique el timbre de ingreso a Chile.
e.- Fotocopia de la página del pasaporte de la visa por turismo con la ingreso a Chile (en caso que aplique).
f.- En caso de haber ingresado a Chile con otro documento de identidad, anexar fotocopia de la cédula de identidad, DNI, o el documento que corresponda.
g.- Fotocopia de la última tarjeta de turismo o tarjeta única migratoria, (papel blanco que se entrega a la hora de ingresar a Chile)
h.- Una (1) fotografía tipo carnet que incluya nombre, apellido y número de pasaporte.
Documentación específica para titulares.
Esta debe ser presentada únicamente por los titulares.
a.- Ésta consiste en presentar solamente el contrato de trabajo, el cual debe estar firmado ante el notario por el empleado y el trabajador. Este debe incluir las siguiente cláusulas especiales:
1.- La remuneración debe ser acorde con el cargo o actividad a desarrollar en el país según las normas laborales vigentes. No puedes ser menor a un sueldo mínimo, con un jornada laboral de 45 horas semanales, que es la jornada ordinaria de trabajo. Actualmente es de 301 mil pesos chilenos.
2.- La vigencia del contrato, este podrá entrar en vigencia una vez que el empleado haya obtenido la visa de residencia en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite.
3.- Cláusula de viaje, el empleador se compromete a pagar al termino de la relación laboral, ya sea por término de contrato, despido o renuncia el pasaje de regreso del trabajador y los miembros de su familia que se estipule a su país de origen, o al que oportunamente acuerden las partes.
4.- El régimen provisional, se deja constancia que el trabajador cotizará en el régimen provisional chileno, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y entregarlas a las instituciones correspondientes.
En el caso de los extranjeros profesionales y técnicos podrán seguir cotizando en el régimen de seguridad social de su país de origen, siempre y cuando se cumplan dos (2) requisitos; el primero, acreditar la condición de profesional o técnico a través de la certificación correspondiente debidamente legalizado en el ministerio de relaciones exteriores de Chile.
El segundo requisito es dejar constancia en el contrato de trabajo que el trabajador mantendrá sus cotizaciones en las instituciones de su país de origen, comprometiéndose el empleador a efectuar las retenciones y depósitos correspondientes en dichas instituciones.
5.- Esta siguiente cláusula será aplicada para los trabajadores con un ingreso mayor a 13,5 UTM (unidades tributarias mensuales), donde el empleador tiene la obligación de responder al pago de impuesto a la renta correspondiente en relación con la remuneración pagada.
Documentación especifica de dependiente.
Esta documentación de debe ser presentada únicamente por los dependientes, en primer lugar, si se trata del cónyuge del titular debe presentar el certificado original de matrimonio visado ante el notario, y la declaración jurada en que expresa que el titular de la visa asume el costo de la manutención de sus dependientes en el país. Si el certificado de matrimonio fue emitido en el extranjero debe encontrarse legalizado y apostillado.
En el caso de los hijos se debe acompañar el certificado de nacimiento en donde de indique el nombre de los padres en original o copia autorizada ante un notario. Si el certificado fue emitido en el extranjero debe encontrarse legalizado y apostillado, en que expresa que el titular de la visa asumen el costo de la manutención de sus dependientes en el país.
Por último en el caso de los padres, si se es padre o madre de la persona que está solicitando la visa de trabajo sujeta a contrato, debe presentar un certificado de nacimiento del titular en el que se indique el nombre de los padres en original o copia autorizada por el notario, en que expresa que el titular de la visa asumen el costo de la manutención de sus dependientes en el país. Si el certificado de nacimiento fue emitido en el extranjero debe encontrarse legalizado y apostillado.
¿Cómo solicitar la visa?
Si vas a solicitar la visa sujeta a contrato una vez que se obtiene la documentación exigida por el Departamento de Extranjería y Migración, en primer lugar, si se va a solicitar la visa dentro de la región metropolitana siendo el titular, ésta se hace a través del envío de toda la documentación por medio de carta certificada.
Es decir, el titular debe adjuntar la documentación general y especifica dentro de un sobre y enviarla a clasificador N°8 correo central Santiago, especificando el trámite que se está realizando.
En el caso de los dependientes dentro de la Región Metropolitana, deben acompañar la documentación general y la documentación específica dentro de un sobre y enviarla a clasificador N°8 correo central Santiago, especificando el trámite que se está realizando.
En el caso de residir fuera de la Región Metropolitana y de Antofagasta, las solicitudes de visa de trabajo sujeta a contrato se hace de manera presencial en las oficinas de extranjerías ubicadas en las distintas gobernaciones provinciales a lo largo del país.
Para solicitar la visa se debe obtener una cita previa a través del portal «reserva ahora» para el trámite de ingreso de solicitud de residencia, luego se debe esperar que esta cita sea confirmada y el día de la cita se debe asistir a la gobernación donde se realizó la solicitud con la documentación general y especifica para titulares en caso que sea el titular.
Si es dependiente realizar en mismo proceso y debe llevar también el pasaporte original y los documentos solicitados, en caso de residir en la Región Metropolitana o de la gobernación de Antofagasta y de requerir enviar por carta certificada y por consiguiente llenar la solicitud de visa sujeta a contrato por correo se puede encontrar el formulario entrando al portal de extranjería.
Requisitos para visa de trabajo en Chile para venezolanos
Para solicitar la Carta de Aprobación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para postular la Visa de Trabajo por contrato para venezolanos debes presentar los siguientes requisitos:
- Titulo profesional universitario.
- Apostilla del titulo.
- Oferta laboral. Sujeta a las condiciones legales establecidas
- Oferta laboral notariada.
- Copia del titulo notariada.
- Copia del pasaporte sellado por migración y el papel del PNI.
- Copia del pasaporte de la página de los datos personales.
Tiempo de demora
Una vez enviado los documentos tienes que esperar noventa (90) días, o lo que es lo mismo tres (3) meses, si fue aprobada el permiso de trabajo podrás salir en el sistema, después que aparezcas registrado podrás asistir al banco y cancelar el monto correspondiente al permiso de trabajo, en veinte (20) días hábiles aproximadamente te llega en físico el documento. Por su parte, la visa de trabajo por contrato, actualmente tiene una demora de alrededor de ocho (8) meses.
Cláusulas del contrato
En este punto a continuación se explicará las cuatro (4) cláusulas que debe llevar el contrato, entre ellos tenemos:
Características que debe llevar el contrato para poder introducir la visa sujeta a contrato. El contrato de trabajo puede ser suscrito por una persona natural o jurídica, es decir una empresa chilena, debemos tener en cuenta que si la persona natural es extranjera debe tener residencia permanente en Chile.
Según el artículo 10 del código de trabajo chileno, un contrato de trabajo debe tener clausulas importantes como lo son lugar, fecha del contrato, nombre y datos del contratante y contratado, es decir, nombre o razón social, Rut, pasaporte en el caso de personas extranjeras, nacionalidad, fecha de nacimiento y domicilio, esto de ambas partes.
Las labores a realizar y lugares en las que las hará, remuneración conforme y forma de pago, duración y distribución de la jornada laboral. Es muy importante saber que para introducir la visa sujeto a contrato como extranjero, la duración del contrato debe ser mínimo de un año, y lo más recomendable es que sea por un plazo indefinido.
Cláusulas especiales del contrato
Hay cuatro (4) cláusulas en el contrato que como extranjero debemos tener para poder optar a esta visa, las cuales son:
1.- Cláusula de vigencia. Es la que indica que se empezaría a trabajar cunado se obtenga la visa sujeta contrato, es decir, cuando la visa está aprobada, o bien sea el permiso de trabajo.
2.- Cláusula de régimen previsional. Este establece que el trabajador se compromete a a realizar las retenciones correspondientes para el pago en las instituciones de responsabilidad social, como lo son: AFP, AFC y FONACE.
3.- Cláusula de viaje. Aquí el empleador se compromete a que cuando termine la relación laboral, dará pasaje de vuelta al trabajador contratado y a sus familiares a su país de origen o al que acuerden mutuas partes.
4.- Cláusula de impuesto a la renta. Está estipula que el empleador está obligado a pagar el impuesto a la renta correspondiente a la remuneración del trabajador extranjero para rentas superiores a 13,5 UTM, es decir, un salario aproximado de 615 mil pesos.
Esta cláusula generalmente no aparece en los contratos, ya que éstos están basados en un salario mínimo de 300 mil pesos, por ende la omiten.
¿Cómo pagar?
Cuando solicitas la visa de trabajo por medio de formulario, es decir, al momento de hacer la solicitud de la visa sujeta a contrato, la orden de giro para pagar no va a llegar a tu correo electrónico, se debe revisar periódicamente la página de extranjería para verificar el estatus del trámite para poder realizar el pago en el momento que te corresponda.
En el momento que aparece orden de giro en la página ésta debe ser descargada e impresa para luego dirigirse al banco y proceder a realizar el pago bien sea en el Banco de Chile o el Banco Estado, cancelar el monto que es 20.200 pesos aproximadamente.
Tanto la visa de trabajo como el permiso de trabajo son dos (2) pagos distintos, es decir, dos (2) órdenes de giro diferentes que serán enviadas al momento en que sea procesada cada solicitud.
Una vez realizado los pagos correspondientes tanto del permiso para trabajo como de la visa, ingresar al portal web de extranjería y solicitar una nueva cita para ir a estampara el pasaporte, esa cita será enviada por medio de un correo electrónico donde indicará el día, la hora y las indicaciones con las cuales debe asistir para proceder al estampado o sello del pasaporte.
Entre los requisitos que debe llevar para el estampado destaca pasaporte original vigente, reserva de hora impreso (correo emitido por extranjería), orden de giro pagada, contrato de trabajo y careta de notificación.
¿Qué hacer una vez estampada la visa?
Ya cuando hayas obtenido el estampado de tu visa , se debe registrar ante el PDI que es la policía de investigación de Chile, en el caso de la región metropolitana de Santiago y Matucale allí hay una oficina en donde realizar esta trámite sin salir del recinto en cuestión, si se registra en esta zona debes presentar pasaporte vigente y contrato de trabajo, allí te tomarán una foto y será entregada una planilla una vez sea culminado el proceso.
La PDI le realizará una serie de preguntas para la verificación y autentificación del contrato y verificar si realmente el solicitante laborará en dicha empresa que aparece registrada en el contrato.
Luego de haber culminado este paso, se procede a la solicitud del carnet chileno, esta se realiza ingresando a la página del registro civil, hacer clip en el lid que dice obtención de cédula para extranjeros por primera vez, cuando solicite el número RUN se coloca solo «0», luego los datos personales y se realiza la solicitud, allí se puede escoger el registro civil más cercano del lugar en el que te encuentras y la fecha que prefieras para materializar el trámite.
El día de la cita se debe asistir al registro con el pasaporte y con la hoja que fue entregada en la PDI al momento de registrar la visa, además debe llevar 4.270 pases para cancelar este registro. En el registro civil serán tomados todos los datos por medio del pasaporte además de la huellas dactilares y posteriormente será tomada la foto y asignado el número de RUT.
Para finalizar será entrega una hoja con todos los datos personales, el número de RUT y la fecha aproximada de entrega en que será entregado el carnet chileno, de igual forma será enviado un correo electrónico notificando que ya puede ser retirado el carnet, este paso tiene un tiempo de demora de tres (3) semanas aproximadamente.
Tipos de trabajo en Chile y su jornada laboral
La jornada ordinaria de trabajo es la que establece el código de trabajo para todos los trabajadores, salvo algunas excepciones. Ésta tiene una duración máxima de 45 horas semanales, que no podrán distribuirse en más de seis días ni en menos de cinco, y en ningún caso podrá exceder las 10 horas diarias.
Jornada ordinaria a los dependientes del comercio
La jornada ordinaria de los trabajadores del comercio es de 45 horas semanales, según establece el Código del Trabajo, pero puede ser extendida durante 9 días en el período previo a la Navidad. Los días deben ser distribuidos dentro de los últimos 15 días anteriores a esa fecha, en cuyo caso se pagarán horas extraordinarias. Con todo, el horario no podrá exceder las 23 horas.
En la víspera de Navidad y Año Nuevo, los dependientes del comercio no trabajarán más allá de las 20 horas.
Jornada de trabajo del personal que trabaja en hoteles, restaurantes o clubes
La jornada de trabajo es de 60 horas semanales, con excepción del personal administrativo, de lencería, lavandería y cocina, que están afectos a la jornada ordinaria de 45 horas semanales.
El personal de hoteles, restaurantes o clubes puede pactar su jornada con el empleador, no debiendo permanecer más de 12 horas diarias en el lugar de trabajo.
Si los trabajadores han pactado una jornada de 12 horas de permanencia en el establecimiento, esta jornada sólo puede distribuirse en cinco días en la semana y tienen derecho a un descanso no inferior a una hora durante la jornada.
Aquellos que hayan pactado una jornada de trabajo que incluya los días domingos y festivos, compensando con descanso durante la semana y los que atienden público, tienen derecho a que dos de los descansos en el mes recaigan un día domingo.
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