En el presente artículo te indicaremos sobre los requisitos para un divorcio en Bolivia. También hablaremos de los distintos tipos que existen en el ordenamiento jurídico de este país. Lee con atención ,ya que este tema es de gran importancia para comprender todo lo que sucede después de una disolución matrimonial
Indice De Contenido
Requisitos para un Divorcio en Bolivia
Antes de entrar a exponer los requisitos para un divorcio en Bolivia, es conveniente que se conozca el criterio doctrinal generalmente aceptado que lo define. El cual, desde el punto de vista de la teoría, no es más que la disolución del vínculo matrimonial constituido de manera legal. Es un acto que se consolida mediante sentencia judicial, fundamentada en las causales establecidas en la ley.
Así pues, el Código de Familias contiene todo lo relativo al acto jurídico del matrimonio. En consecuencia, establece los requisitos para un divorcio en Bolivia. Cabe destacar que, las uniones de hecho, también se encuentran estipuladas y a estas les son aplicadas de manera análoga los procedimientos previstos para la ruptura del vínculo matrimonial.
Tipos de Divorcio
La disolución del vínculo matrimonial procede por tres vías a saber. Las cuales se encuentran definidas en el Código de Familias y del Proceso Familiar. En tal sentido la normativa que regula esta materia, establece los requisitos para un divorcio en Bolivia. Lo que de seguido se procederá a exponer de forma relativamente sencilla.
Divorcio Notarial
Este tipo de divorcio se procede a formalizarse ante la autoridad de un Notario. El mismo requiere del cumplimiento de supuestos legales para su tramitación. Cabe destacar que esta forma, experimentó un cambio en su aplicación. Lo cual fue aprobado por el Pleno de Cámara de Diputados. Donde se derogó el lapso de confirmación consensuado de 90 días.
Dicho plazo se redujo a cinco días. El notario deberá remita al Servicio de Registro Cívico toda la documentación protocolizad, a objeto de que sea tramitado por dicho ente la correspondiente certificación de divorcio. La medida obedeció por una parte a razones de economía procesal y por la otra, a que, si ya los cónyuges estaban decididos, la espera suponía un inconveniente para estos.
Los extremos legales que deben atenderse con motivo de la solicitud de disolución de vínculo matrimonial o la desvinculación de la unión libre debidamente registrada se encuentran los que de seguido se indican:
- Consentimiento y acuerdo mutuo de los cónyuges para proceder a disolver el vínculo matrimonial.
- Que no existan hijos o que estos sean menores de 25 años.
- No exista comunidad de gananciales sujetas a registro.
- Debe existir manifestación expresa a por parte de ambos cónyuges, de renuncia a cualquier forma de asistencia familiar.
Otros requisitos para un divorcio en Bolivia
- Debe mediar un documento redactado por un profesional del derecho. En el cual quede plasmado con amplitud y claridad el Acuerdo Regulador de divorcio.
- Esta modalidad de divorcio o desvinculación se tramita ante la Notaría de Fe Pública del último domicilio conyugal.
- Finalmente, es requisito la presentación de declaración de no haber intentado trámite alguno que verse sobre el divorcio ante otra entidad o método.
Con fundamento a lo establecido en el Código de Familias y del Proceso Familiar y una vez que los interesados hayan presentado los requerimientos exigidos para la correspondiente firma del acuerdo regulatorio de divorcio o desvinculación, procederá el notario de Fe Pública a admitirlo. Posteriormente emitirá su respectivo testimonio de dicha escritura.
En el lapso de cinco días procederá entonces a remitir al Servicio del Registro Cívico toda la documentación debidamente protocolizada, a fin de que este organismo deje inscrito el mismo. Posteriormente emitirá la respectiva cancelación del vínculo matrimonial o desvinculación.
Divorcio Judicial de Mutuo Acuerdo
Los requisitos para un divorcio en Bolivia por mutuo acuerdo, procederá cuando ambas partes manifiesten su voluntad de realizarlo por la vía amistosa. Asociado a presentar el correspondiente acuerdo regulador,en el cual debe estar previsto todas y cada una de las pautas a seguir una vez quede disuelto el vínculo matrimonial.
Contenido del Acuerdo Regulador
El acuerdo regulador, requiere que sea presentado con claridad y amplitud, puntualizando los aspectos que se indican:
- Manifestación de voluntad inequívoca de la decisión de las partes en torno a la ruptura de la vida conyugal y la respectiva solicitud que se decrete el divorcio.
- Debe quedar plenamente establecido la correspondiente asistencia familiar respecto a los hijos. Ello tomando en cuenta la necesidad de estos, los recursos disponibles y las correspondientes posibilidades de los obligados a brindarla.
- Igualmente, en el acuerdo regulador, debe expresarse de forma expresa lo concerniente a la guarda y tutela respecto a los hijos, así como dejar definido como operará el régimen de visitas a quien le corresponda.
- Es preciso agregar lo referido a la respectiva partición de la comunidad conyugal de gananciales.
El procedimiento a Seguir
En relación al procedimiento de este tipo de divorcio o desvinculación el Código de Familias y del Proceso Familiar establece los pasos que deben cumplirse para los supuestos de que en el matrimonio existan niños menores de edad y/o bienes en la comunidad de gananciales los cuales estén registrados.
- La demanda correspondiente a la solicitud de Divorcio de mutuo acuerdo en vía judicial, podrá ser presentada por cualquiera de los cónyuges de forma independiente o a través de ambos.
- También podrá ser interpuesta a través de abogado, el cual debe estar debidamente acreditado para ese acto mediante el correspondiente poder especial, debiendo además anexarlo debidamente legalizado con copia de la cédula de identidad del profesional del derecho que se haya designado como representante.
- El libelo de la demanda debe ser acompañado de documentos tales como: Acuerdo regulador, documentos de identidad de los solicitantes, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento de los hijos, ellos en caso de quesea presentado por cualquiera de las partes, además de cualquier otro soporte que pruebe el contenido del escrito.
Otros procesos a realizar
- En relación al acuerdo regulador, el Código de Familias y del Proceso Familiar establece, que éste puede presentarse conjuntamente al momento de introducir la demanda. En caso de no ser presentado en ese acto, pues habrá oportunidad de consignarlo en el transcurso del procedimiento, existiendo oportunidad hasta la audiencia de homologación de la sentencia.
- Una vez que la autoridad judicial correspondiente proceda a admitir el libelo de la demanda de divorcio y notifique a las partes, el correspondiente Juez de Familia deberá emplazarlos para su comparecencia dentro de los 90 días siguientes. Cuyo objeto será que manifiesten su voluntad de ratificar la solicitud o desistir de la misma.
- Al término de los 90 días los cónyuges pueden manifestar el desistimiento de la acción, en tal sentido deberán solicitar que se fije audiencia, donde quedará sin efecto la solicitud inicial
- Igualmente, transcurridos los tres meses, si las partes ratifican su voluntad de continuar el proceso, el Juez de Familia fijará fecha y hora para la audiencia donde procederá a decretar disolución del vínculo matrimonial o de la unión libre y homologará el divorcio o desvinculación.
- Este procedimiento tendrá una duración aproximada de tres meses.
Requisitos para un Divorcio Judicial Contencioso en Bolivia
Los requisitos para un divorcio en Bolivia, bajo la figura contenciosa, se encuentra establecido en el ordenamiento jurídico. El cual procederá cuando se dé el supuesto de que no exista un acuerdo regulador. En tal virtud, las partes deben acudir ante el Juez Público de Familia. Esta es la autoridad competente.
Procederá entonces a establecer las condiciones que habrán de regir para que se materialice el divorcio o la desvinculación. Otro supuesto que eventualmente puede presentarse es que uno de los cónyuges no se desea divorciar, en este caso no se puede negar u obligar al que si lo quiere. Solo se admitirá entonces la oposición a las pretensiones de la contra parte.
De acuerdo a lo estipulado en el Código de Familias y del Proceso Familiar, el divorcio se hace viable, una vez que existe la ruptura del proyecto de vida en común o por la manifestación de voluntad de una de las partes. Estos dos supuestos presuponen el hecho de que ya no es posible entre las partes la continuidad de esta relación matrimonial.
En cuanto al procedimiento a seguir de esta modalidad tenemos que:
- Debe presentarse el libelo de la demanda correspondiente a la solicitud de divorcio por vía judicial contenciosa.
- La misma puede ser interpuesta por los cónyuges o mediante apoderado. De ser por vía de representación, entonces deberá consignar el poder especial otorgado, debidamente protocolizado.
- El escrito contentivo de la demanda, debe existir un memorial o anexo donde quede plenamente descritos todos y cada uno de los bienes comunes, los cuales constituyen la comunidad de gananciales. Ellos a fin informar al Juez Público de Familia sobre el particular y permitirle que este se pronuncie respecto a la partición de estos.
- Una vez admitida la demanda de divorcio por parte de la autoridad competente. Esta procederá a librar la correspondiente citación del demandado.
- En un tiempo perentorio de 90 días el Juez de Familia fijará la oportunidad para que comparezcan las partes, con el objeto de que ratifiquen los alegatos esgrimidos en la demanda o por el contrario manifiesten el desistimiento de la acción.
- Es esta audiencia independientemente de lo que decidan las partes, el Juez de Familia, fijará una nueva oportunidad para el pronunciamiento correspondiente en cuanto al trámite del asunto.
- En el supuesto de que existan hijos, el Juez de Familia, procederá a fijar una audiencia para dictar medidas provisionales.
Otros aspectos a saber
- Dicha audiencia versará sobre el establecimiento del régimen de visitas y también sobre el monto que corresponderá de asistencia familiar. La cual será determinada de acuerdo al nivel de necesidades del beneficiario y con base a los recursos económicos del obligado. Pudiendo realizarse mediante acuerdo conciliatorio.
- Una vez llegada la fecha y hora de la audiencia fijada para la atención del trámite de divorcio o desvinculación, si las partes insisten en su voluntad, en ese mismo acto se dictará la sentencia que declare la disolución del vínculo matrimonial o la libre unión si fuere el caso.
Cabe destacar que si las partes durante todo el transcurso del proceso no llegaren a consignar acuerdo regulador, corresponderá al Juez Público de Familia, determinar la forma que regirá. Del mismo modo ,será de su competencia pronunciarse acerca de los efectos del divorcio de acuerdo al contenido del Código de Familias y del Proceso Familiar.
Igualmente, le corresponderá al Juez público de Familia muy especialmente atender lo relacionado con los hijos menores de edad, la guarda y tutela, como el aspecto de la asistencia familiar y la respectiva liquidación de la comunidad de bienes gananciales. El divorcio o la desvinculación comenzarán a surtir sus efectos desde el momento en que sea registrado por ante el Servicio de Registro Cívico.
Este procedimiento podrá tener una duración mínima aproximada de cuatro meses.
Requisitos documentales Generales a Presentar
De manera general los documentos que constituyen requisitos para un divorcio en Bolivia, los cuales deben acompañarse para realizar el correspondiente trámite de cada una de las modalidades establecidas en el Código de Familias y del Procedimiento Familiar serán:
- Libelo de la demanda, el cual explique ampliamente la voluntad del o los solicitantes.
- Documento de identificación de las partes en original y copia.
- Certificado de matrimonio original.
- Certificado de nacimiento del o de los hijos menores de edad
-
Acuerdo Regulador en el cual se indique:
- La manifestación de poner fin al vínculo matrimonial.
- El cual debe expresar según sea la modalidad todas las pretensiones de forma clara y precisa.
- Dicho escrito debe contener según el caso, descripción de los bienes comunes que conforman la comunidad de bienes gananciales, anexando los respectivos documentos que prueben la adquisición durante la unión matrimonial y se establezca cómo serán repartidos, según sea el caso.
- En caso de haber hijos: debe ser preciso en cuanto a la asistencia familiar, régimen de visitas, entre otros.
- Declaración jurada de no haber intentado el proceso por vía judicial, (para el caso de solicitud notarial)
- En caso que las partes o alguna de ellas esté representada por apoderado, deberá presentar poder debidamente otorgado y protocolizado por Notaría de Fe Pública.
Es de hacer notar que el tema del divorcio o desvinculación se encuentra establecido en el Código de Familias y del Proceso. En dicha norma se plantea de forma clara todos los pasos a seguir por las partes para obtener en la definitiva que su voluntad sea satisfecha en torno a las pretensiones que hayan expuesto a través del respectivo acuerdo regulador.
Esperamos que en presente artículo haya logrado allanar tus dudas. Te invitamos a revisar los enlaces que te dejamos. Seguramente también serán de tu interés. Hasta Pronto!
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